Si está enfermo o si un ser querido se enferma y necesita cuidarlo, la ley de California está de su lado. Los empleadores deben, en la mayoría de las circunstancias, proporcionar a los empleados una licencia por enfermedad. Lo que eso significa para usted se analiza a continuación a través de preguntas comunes que nuestros clientes suelen hacer, como

  • ¿Qué es la Ley de Pago por Enfermedad de California?
  • ¿Existe alguna excepción a la ley de California sobre el pago por enfermedad?
  • ¿Para qué se puede utilizar la licencia por enfermedad en Los Ángeles?
  • 4. ¿Tiene un empleador que pagar una licencia por enfermedad en caso de renuncia, terminación, jubilación u otra separación del empleo?
  • ¿Cómo se hacen cumplir las leyes de licencia por enfermedad en Los Ángeles?
  • ¿Qué sucede si un empleador en Los Ángeles no le permite tomar una licencia por enfermedad?
  • ¿Puede demandar a un empleador si le niega el pago por enfermedad?

En Sirmabekian Law Firm, conocemos los trucos que utilizan los empleadores para negar la paga por enfermedad a sus empleados. Si cree que su empleador ha violado de alguna manera sus derechos como empleado, contacta nuestra oficina hoy para programar una consulta gratis.

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La ley de California requiere que los empleadores paguen a los empleados la licencia por enfermedad cuando esos empleados hayan trabajado al menos 30 días dentro de un año de la fecha de inicio de su empleo. Por ejemplo, si un empleado comenzó a trabajar el 1 de febrero de 2020 y, al 30 de abril de 2020, trabajó al menos 30 días, a ese empleado se le debe una licencia por enfermedad con goce de sueldo.

Los condados y las ciudades pueden tener reglas más específicas que los empleadores deben seguir. De acuerdo con la Ordenanza de salario mínimo de Los Ángeles, se requiere licencia por enfermedad con goce de sueldo y se debe proporcionar a todos los empleados cuando:

  • trabajar al menos dos horas en una semana determinada
  • para el mismo empleador
  • durante 30 días o más en un año
  • en la Ciudad de Los Ángeles.

La licencia por enfermedad pagada está disponible para:

  • trabajadores a tiempo completo
  • trabajadores a tiempo parcial
  • trabajadores temporales.

Existen algunas excepciones o restricciones para algunos empleados. Aquellos empleados que pueden tener diferentes reglas aplicadas con respecto a la licencia por enfermedad incluyen trabajadores que:

  • son compañías aéreas;
  • tener un convenio colectivo; o
  • son proveedores de servicios de apoyo en el hogar.

ACUMULACIÓN DE LICENCIA POR ENFERMEDAD EN LOS ÁNGELES

Los empleados pueden acumular licencia por enfermedad. Según la Ordenanza de salario mínimo de Los Ángeles, los empleados tienen derecho a licencia por enfermedad según uno de dos métodos:

  • el método de acumulación en el que un empleado acumula una hora de licencia por enfermedad remunerada por cada 30 horas trabajadas. La acumulación comenzará el primer día que se emplee a una persona; o
  • el método de carga frontal donde el empleado tiene derecho a un mínimo de 48 horas al comienzo de cada año de empleo, año calendario o período de 12 meses. (Tenga en cuenta que las 48 horas pueden ser 24 horas de licencia por enfermedad y 24 horas de vacaciones, siempre que el total sea un mínimo de 48 horas).

Además, cualquier licencia por enfermedad acumulada y no utilizada debe transferirse al año siguiente de empleo. Los empleadores, sin embargo, pueden limitar el traspaso a 72 horas, pero también pueden optar por no tener un límite o establecer un límite más alto.

Además, un empleador puede limitar el uso de la licencia por enfermedad remunerada por parte de un empleado a 48 horas anuales.

Un empleado puede utilizar la licencia por enfermedad con goce de sueldo a partir del día 90 de empleo. La licencia por enfermedad no está reservada solo para la propia enfermedad del empleado; La licencia por enfermedad con goce de sueldo se puede utilizar para cuidar de:

  • sí mismos;
  • miembros de la familia (p.ej, hijo, padre, cónyuge, pareja de hecho registrada, abuelo, nieto o hermano); o
  • cualquier individuo relacionado por sangre o afinidad.

Un empleado debe solicitar la licencia por enfermedad por escrito o verbalmente. La licencia por enfermedad con goce de sueldo se puede utilizar para:

  • cuidado preventivo;
  • diagnóstico de una condición de salud existente;
  • cuidado de una condición de salud existente;
  • tratamiento de una condición de salud existente; o

propósitos específicos de una víctima de violencia doméstica, agresión sexual o acecho.

Según la Ordenanza de salario mínimo de la ciudad de Los Ángeles, un empleador no tener que compensar a un empleado por la licencia por enfermedad acumulada o no utilizada cuando él o ella:

  • esta terminado;
  • dimite;
  • se jubila o
  • de lo contrario se separa del empleador.

Hay uno excepción. Si el empleado se separa del empleador pero es recontratado dentro de un año a partir de la fecha de separación por el mismo empleador en Los Ángeles, se debe restablecer la licencia por enfermedad que no se había utilizado o acumulado anteriormente.

Cada empleador en Los Ángeles debe proporcionar Aviso y requisitos de publicación de la Ordenanza de salario mínimo donde sea visible para todos los empleados en el lugar de trabajo o en el lugar de trabajo. El aviso debe proporcionarse en inglés, así como en cualquier otro idioma hablado por al menos el cinco por ciento de los empleados.

Si un empleador no publica el aviso que describe los beneficios de tiempo por enfermedad de acuerdo con el Código Municipal de Los Ángeles (LAMC) § 188.03 (A), el empleador puede recibir una multa de hasta $ 500 de conformidad con LAMC § 188.08 (B). Eso puede parecer insignificante, pero todos y cada uno de los días en que existe una infracción equivale a una infracción separada y distinta. Por ejemplo, si un empleador no publica el aviso durante 10 días, la multa total podría ser de hasta $ 5,000.

Además, el empleador podría ser multado por infracciones relacionadas, como no publicar Avisos de corrección a los empleados o por tomar represalias contra los empleados por ejercer sus derechos (la última infracción es una multa de hasta $ 1000 por cada infracción distinta y separada).

Como empleado, tiene derecho a una licencia por enfermedad con goce de sueldo, lo que incluye obtener la cantidad mínima de licencia por enfermedad con goce de sueldo, recibir el pago por la licencia por enfermedad que utilizó y permitirle tomar la licencia por enfermedad con fines lícitos. Si el empleador no cumple con alguno de los asuntos, tiene opciones que incluyen:

  1. completar y enviar un formulario de queja a la Ordenanza de la Oficina de Normas Salariales; o
  2. entablar una acción civil en un tribunal de jurisdicción competente contra el empleador de conformidad con LAMC § 188.07 (B)

La Ciudad de Los Ángeles permite que los denunciantes permanezcan en el anonimato, excepto cuando lo exija la ley o lo autorice el empleado o la persona que denuncia la infracción.

Además, el empleador, si se da a conocer la identidad del denunciante, no puede tomar represalias. Represalias puede tomar la forma de degradación, amenazas de terminar su puesto, salario reducido o terminación ilícita. Si el empleador lo hace, el denunciante tiene derecho a demandar por daños adicionales. Los daños pueden incluir:

  • Pago atrasado
  • intereses sobre los pagos atrasados
  • pago por días de enfermedad retenidos
  • daños liquidados por retener injustamente los días de enfermedad (hasta $ 4,000)
  • honorarios y costos razonables de abogados.

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Si cree que se ha violado su derecho a acumular o tomar licencia por enfermedad con goce de sueldo en Los Ángeles, comuníquese con Sirmabekian Law Firm hoy mismo al 818-473-5003. Le conviene asegurarse de que se respeten sus derechos como empleado.

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